COMENTARIOS Y REFLEXIONES EN RELACIÓN CON EL MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS EN EUTANASIA Y EL INICIO DE LA PUESTA EN MARCHA DE LA LEY

El 24 de junio entró en vigor la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. En su disposición adicional sexta dice: “con el fin de asegurar la igualdad y calidad asistencial de la prestación de ayuda para morir, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud deberá elaborar en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la Ley un manual de buenas prácticas que sirva para orientar la correcta puesta en práctica de esta Ley. Asimismo, en este mismo plazo deberá elaborar los protocolos a los que se refiere el artículo 5.2.”

 

Siguiendo este mandato, dicho organismo, aprueba el siete de julio el referido manual estructurado en seis apartados y cuatro anexos.

 

La finalidad del mismo guarda relación con la necesidad de asegurar la equidad y calidad asistencial, y también, con la de clarificar el proceso, destacando el papel de las administraciones sanitarias, de los profesionales que han de llevarlo a cabo, el de la Comisión de Garantía y Evaluación, el tipo de documentos a cumplimentar, el tipo de medicación a emplear y el protocolo a seguir para la valoración de la incapacidad de hecho. En cada uno de los apartados se describen las funciones de los agentes que intervienen y, además, ofrece una serie de recomendaciones a seguir.

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