La Consejería de Sanidad de Madrid no justifica el área única ante el Defensor del Pueblo Imprimir E-mail
Lunes, 18 de Enero de 2010

Madrid 18/01/2010 En respuesta al requerimiento del Defensor del Pueblo, tras un procedimiento instado por UGT y CCOO, estos sindicatos han denunciado que la Consejería de Sanidad de Madrid es incapaz de razonar y justificar la necesidad de un Área Única para seis millones de habitantes, dando así muestras de que sólo pretende abrir la puerta a la privatización del Servicio Madrileño de Salud.

Tras la publicación de la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid, las organizaciones sindicales CCOO y UGT de Madrid trasladaron al Defensor del Pueblo su inquietud respecto a la nueva concepción de la organización territorial y funcional del Servicio Madrileño de Salud, especialmente sobre la supresión de las once áreas de salud existentes antes de la entrada en vigor de esta ley y la creación de un área de salud única.

Argumentos insustanciales

Entre otros razonamientos, los sindicatos, tras mencionar la necesidad de respuestas adaptadas a realidades y problemas bien distintos, según la zona de básica de salud o área de salud, barrio o localidad de que se trate, expresaron que la supresión de las once áreas de salud y la centralización de la gestión en un área única obstaculizará, si no impedirá, una adecuada organización y planificación asistencial en función de las demandas, incrementos y nuevas necesidades de la población.

Teniendo presente que uno de los principios básicos que caracteriza al Sistema Nacional de Salud es el de la proximidad de los servicios a los usuarios en un marco de gestión descentralizada y participativa, la Institución del Defensor del Pueblo, tras la reunión con UGT y CCOO, procedió a solicitar un informe a la Consejería de Sanidad, poniendo de relieve la necesidad de que el desarrollo reglamentario del referido texto legal estuviera presidido por dicho principio básico. En su respuesta, la Consejería ha puesto de relieve que la Ley de Libertad de Elección en la Sanidad madrileña tiene como objetivo garantizar la libertad de elección de médico de familia, pediatra y enfermero, en Atención Primaria, y de médico especialista y hospital, en Atención Especializada, de una manera efectiva y plena.

Una medida propagandística y de negocio

A tenor de estas afirmaciones, ambos sindicatos insisten en que la libertad de elección de médico ya está regulada legal y reglamentariamente, por lo que el Gobierno de la Comunidad de Madrid no ofrece un nuevo derecho, sino que sencillamente pretende profundizar en el que ya existe. Asimismo, en la actualidad es posible elegir medico y, a su vez, cambiar de área de salud, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley General de Sanidad, lo cual desmonta el argumento de la Consejería que considera las áreas de salud como un obstáculo para la libertad de elección y por ello las suprime.

Según los sindicatos, la libertad para elegir, tal y como queda regulado en la ley autonómica no será ni efectiva ni plena, pues sólo se trata de una actuación de populismo y propaganda al servicio de intereses políticos particulares. Señalan también que la oscilación del presupuesto de los centros sanitarios, en la misma proporción en la que oscilen los usuarios, traerá como consecuencia inevitable mejores y peores prestaciones sanitarias, quebrando los principios de igualdad y equidad.

Por todo ello, CCOO y UGT denuncian que el verdadero objetivo del Gobierno de la Comunidad de Madrid es liberalizar y desregular el sistema público para hacer más fácil o inevitable la privatización del Servicio Madrileño de Salud, atendiendo a la premisa de "la salud una oportunidad de negocio". Y por otro lado, camuflar el tiempo real de espera quirúrgica, puesto que quien eligiera, aun superando el plazo máximo de treinta días (compromiso político de Esperanza Aguirre), no sería contabilizado en la estadística oficial de espera quirúrgica, puesto que los superaría en virtud de una decisión de los profesionales y la Administración que no vincularía al Servicio Madrileño de Salud y procedería a excluirle de este otro derecho.

ACTA SANITARIA
 
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